El pasado 1 de enero de 2023, en el marco de la nueva Ley Concursal, se puso en marcha el novedoso Procedimiento Especial para Microempresas.
De momento, ya se han iniciado 32 expedientes, 25 de liquidación y 7 de continuación, por un pasivo de 8,1 millones de euros.
¿A QUIEN APLICA?
A empresas que realizan una actividad empresarial o profesional, que se encuentran en situaciones de dificultad económica y financiera, y que el año anterior a la solicitud hayan empleado a menos de 10 trabajadores y tengan un volumen de negocio anual inferior a 700.000 euros o un pasivo inferior a 350.000 euros.
¿Cuál ES EL OBJETIVO?
El objetivo del sistema es lograr procedimientos específicos más rápidos y eficientes mediante herramientas tecnológicas para la gestión y ejecución de los activos, así como la reducción de los plazos procesales. Además se ha puesto en marcha un servicio electrónico de formularios para recoger y enviar la información de manera homogénea y electrónica a los juzgados.
¿Qué PROCEDIMIENTOS SE PUEDEN ELEGIR en la Solicitud?
- Procedimiento Especial de continuación si el deudor quiere continuar con su negocio mediante un plan de viabilidad.
- Procedimiento Especial de Liquidación si el deudor quiere cerrar su empresa mediante la liquidación de sus activos o la transmisión de la empresa en funcionamiento.
¿Qué MEDIDAS se pueden solicitar en el Procedimiento especial de Liquidación?
- Solicitud de suspensión de ejecuciones judiciales o extrajudiciales.
- Solicitud de nombramiento de Administrador Concursal para la intervención de facultades.
- Solicitud de nombramiento de Experto para la valoración de la empresa o de establecimientos mercantiles.
¿La Moratoria Contable aprobada por el Gobierno me exime de la obligación de presentar un concurso de acreedores o de acogerme al procedimiento especial para microempresas?
Si tu empresa se encuentra en una situación de insolvencia actual o inminente, aunque no deba disolverse por pérdidas, conforme a la moratoria contable aprobada por el Gobierno, no puedes estar dos años sin hacer nada. Deberás anticiparte a los acontecimientos para evitar responsabilidad como administrador y que la situación se alargue en el tiempo y tu empresa termine desapareciendo.
En Gestores Concursales te ayudamos a afrontar el asunto de forma realista acogiéndote a las herramientas preconcursales o al procedimiento especial para microempresas.
Hay que destacar que parece que la moratoria concursal no se va a volver a decretar. Por este motivo, es importante distinguir entre el concurso de acreedores que es un presupuesto de insolvencia y/o de iliquidez y entre una situación de desbalance patrimonial o pérdidas agravadas. Cabe que el patrimonio sea inferior a la mitad del capital social incluso que el activo sea inferior al pasivo y, sin embargo, el deudor pueda cumplir regularmente con sus obligaciones, al obtener financiación.
Si crees que desde Gestores Concursales podemos ayudarte a solventar una situación de insolvencia o de falta de liquidez, te animamos a que no esperes dos años sin hacer nada!
Contáctanos y valoraremos de manera personalizada tu caso. Estas a tiempo de salvar tu empresa o de cerrarla sin responsabilidades!